Pico y placa en Pereira los sábados, domingos y festivos
En Pereira, el pico y placa no rige los sábados, domingos ni festivos para particulares ni motos — el Decreto 000540 de 2024 lo confirma explícitamente.
En Pereira, el pico y placa no rige los sábados, domingos ni festivos para particulares ni motos — lo confirma explícitamente el Decreto 000540 de 2024.
¿Qué dice exactamente el decreto?
El Parágrafo 1 del Artículo Cuarto establece: "La restricción a la movilidad dispuesta en el presente acto administrativo no regirá durante los sábados, domingos ni festivos establecidos por la ley o cuando excepcionalmente lo establezca el alcalde municipal de Pereira."
¿Esto aplica a particulares y motos por igual?
Sí — tanto el esquema de particulares (Artículo Segundo) como el de motos (Artículo Tercero) quedan cubiertos por esta misma excepción de fin de semana y festivos.
Advertencia
El decreto también contempla que el alcalde puede establecer excepciones adicionales de forma puntual — si hay un anuncio oficial distinto para una fecha específica, prevalece sobre esta regla general.
¿Y los puentes festivos?
Un puente festivo incluye, por definición, al menos un día festivo oficial — ese día específico queda libre de pico y placa. Si el puente incluye días hábiles adicionales (no festivos), la restricción normal por dígito sigue aplicando esos días.
Preguntas frecuentes
¿Esta regla es igual para vehículos exentos y no exentos? Sí — los fines de semana y festivos, ningún vehículo particular o moto tiene restricción, sin importar el dígito de su placa.
¿Aplica igual en Dosquebradas? Esta guía cubre el decreto de Pereira — Dosquebradas tiene su propio decreto. Ver pico y placa Pereira y Dosquebradas.
¿Dónde veo el calendario completo de la semana laboral? En la vista completa de esta semana.
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